BIENVENIDOS

Es grato darse cuenta que el tiempo es el mejor parámetro que nos muestra objetivamente si lo realizado hasta ahora ha valido la pena, y afortunadamente me percato que así es, con todo y lo que ello implica, fruto del intentar, innovar, arriesgar, en pro del hacer en el espacio tributario, cavilando en un vivir para el servir, ya que en esa medida uno puede aspirar a no partir con melancolía.

Me viene a la memoria un pasaje de la obra de uno de nuestros grandes poetas y literatos mexicano Premio Nobel, Octavio Paz, en El laberinto de la soledad, expuso que una de las características de los mexicanos consistía en su gusto por la arenga fácil sin contenido, por el discurso vació, por el decir palabras y palabras, ajeno a si estas palabras estuviesen revestidas de hechos o realidades. Pues bien, esto es producto de la soledad interna, individual y cultural, aspectos enraizados en nuestra idiosincrasia, pudiendo ser que al día de hoy sea letra muerta por el tiempo transcurrido, sin embargo la realidad actual nos muestra otra cara.

Al paso del tiempo y como parte de nuestro andar en el ámbito técnico fiscal, he llegado a la conclusión que falta mucho por realizar, por ello no dejo de pensar que es fundamental que además del decir y hablar hay que crear y actuar, siendo prudente subirnos a los hombros de los maestros, aprovechar el camino por ellos andado con la esperanza de avanzar, no obstante por lo general su trabajo tristemente es desdeñado por otros, pudiendo ser este espacio, también su espacio de reencuentro, por las aportaciones de gran valía que han efectuado al área tributaria.

Realmente el objetivo de esta página es el seguir compartiendo lo que la vida me pone a disposición: el conocimiento técnico fiscal, en ocasiones tan escaso y tan condicionado por nosotros mismos derivado del miedo, la apatía y por la sumisión ante las leyes, por no permitirse comprender la esencia de las cosas; pudiendo ser malinterpretado tal objetivo, pero bueno, el escribir y el quehacer tienen sus consecuencias…

He recibo un sin fin de comentarios, los cuales agradezco infinitamente, hasta antes de esta nueva versión, quedándome con aquellos que nutren mi ser y mi espíritu, desechando los que tratan de dañar más que aportar. La critica es buena, siempre y cuando sea con argumentos técnicos y jurídicos, sin banalizar, sin personalizar, porque la única forma para avanzar en el quehacer fiscal esta en el compartir y permitir pero de manera racional, sino entonces para que tanto conocimiento.

Pues bien, Sean Todos Bienvenidos a esta página del saber, no olvidando que la verdad y el conocimiento en materia fiscal os hará libres, esperando aportar algo a la causa con el apoyo de ustedes.


Reciban un saludo fraternal.

ASM
11 de Septiembre de 2007.


jueves, 20 de septiembre de 2007

EL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA...

¿Cuestión de intereses?

En cierto modo, aun si entendemos a las finanzas públicas
y con ello a los impuestos como función de las estructuras
económicas, lo político, sigue privando sobre lo económico.
Manuel Fraga Iribarne

En estos días después que el Congreso de la Unión, “debatió largamente sobre la aprobación del paquete de reformas fiscales” que en su oportunidad puso a su disposición el Ejecutivo, y después de analizarla técnicamente, uno se percata que desafortunadamente la misma se ciño previamente a una negociación, en donde cuando la política rebasa a lo social, poco o nada se pude hacer, quedando la sociedad encadenada al quehacer de los políticos, aclarando que estamos a favor en la reducción de los gastos de propaganda electoral, pero no estamos de acuerdo en pasarle la factura a la clase trabajadora, de por si contribuyentes cautivos en la aportación al gasto publico, en donde las cúpulas laborales al respecto poco a nada hicieron ya que así lo demuestran por lo aprobado por ambas Cámaras del Congreso.

Una de los retos del sexenio anterior consistió en eliminar ciertas prerrogativas en materia de exenciones que preveía el articulo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, las cuales no fueron aprobadas por qué afectaban de manera directa las percepciones de los trabajadores, sin embargo con la propuesta del Ejecutivo, tales intenciones ahora si se llevaron a cabo de cierta forma.

El IETU acorde con la Ley que la va a regir, si bien es cierto que grava los sueldos y salarios y los ingresos que se asimilen como tales, también es cierto que se acreditará contra el impuesto determinado el producto de aplicar un factor y que en apariencia el efecto se anula, sin embargo la realidad es otra.

Pasemos al siguiente análisis, acorde con lo establecido por la LIETU: Si un contribuyente de este impuesto eroga en sueldos 200 pesos, de acuerdo al procedimiento preestablecido será base del IETU por no ser deducibles tales erogaciones, que al multiplicarlo por la tasa del 16.5% se causara un impuesto de 33 pesos, pero al aplicarle el acreditamiento que consiste en multiplicar los 200 pesos por el factor de 0.165, resulta un importe de 33 pesos, por tanto el IETU será de cero; pero si de los 200, 50 son prestaciones exentas que el patrón-contribuyente del IETU, entrega a sus trabajadores, el impuesto sigue siendo el mismo (de 33 pesos), sin embargo el acreditamiento consistirá en un importe de 24.75 (sueldos gravados 150 * factor 0.165), dando por resultado un importe a pagar de 8.25 pesos.

De lo que se concluye que si multiplicamos 50 (que son las prestaciones exentas) * 16.5% nos resulta 8.25; es decir, las prestaciones exentas que reciben los trabajadores, que para efectos de la LISR son ingresos exentos para ellos y deducibles para los patrones, por la vía del IETU son remuneraciones no deducibles, lo que podría motivar que las mismas se limiten a partir del próximo año, siendo entre otras: vales de despensa y gasolina, previsión social, así como las prestaciones laborales otorgadas por encima de las mínimas (aguinaldo, primas vacacionales y dominicales y horas extras, etc.), porque significan un costo fiscal adicional para los patrones.

Ahora bien, muchos de los interesados que opinan en materia de política fiscal, y en correspondencia con los nuevos impuestos que entrarán en vigor el próximo año, sobre todo en materia del impuesto empresarial a tasa única están exentos, entre otros: partidos, asociaciones, coaliciones y frentes políticos; sindicatos obreros y organismos que los agrupen; cámaras de comercio e industria; colegios de profesionales, así como los organismos que las agrupen y las asociaciones patronales.

En este contexto: ¿Quién gano? ¿Quién Perdió?

En fin, para la reflexión.

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